Estimados clientes y amigos:
Con la entrada en vigor de la nueva versión del CFDI 4.0, a partir del 1° de enero del 2022, se integraron algunos cambios en el complemento de nómina versión 1.2 con la revisión “C”, asimismo, originalmente se contaba con un período de convivencia con la versión 3.3 del CFDI del 1° de enero al 30 de abril de 2022, sin embargo el pasado 09 de marzo de 2022 fue publicado en el diario oficial la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, en la cual se otorgarán 2 meses más para el período de transición de dicho CFDI 4.0, siendo obligatorio a partir del 1° de julio de 2022.
Los principales cambios son:
- Se homologa la forma de expresión del formato fecha conforme al Anexo 20.
- Se eliminan las validaciones de la versión y forma de pago.
- Se incorporan las validaciones para la emisión del complemento con la versión 4.0 del CFDI. como Régimen Fiscal Receptor, Objeto Imp., A Cuenta Terceros, Información Aduanera, Cuenta Predial, Complemento Concepto.
- Se incorporan como requisitos obligatorios para la emisión del comprobante de nómina el RFC, nombre, régimen fiscal y código postal del domicilio fiscal del receptor
En ese sentido, dada la importancia de que la información y los datos estén correctos, se recomienda solicitar la constancia de situación fiscal a los trabajadores, para evitar errores ortográficos y que en su momento el CFDI se timbre de forma incorrecta, y en el peor de los casos, sea rechazado por el SAT.
Como siempre nos ponemos a sus órdenes para cualquier aclaración, duda o apoyo que pudieran requerir para poder cumplir correctamente con sus obligaciones fiscales.
El presente boletín tiene como objeto informar sobre las publicaciones más importantes en materia fiscal, sin que el mismo pretenda exponer la opinión de nuestra Firma sobre los aspectos comentados; cada caso debe ser analizado cuidadosamente para concluir sobre la interpretación correcta de las disposiciones aquí comentadas.